EPS Saludvida
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Saludvida debe seguir atendiendo a usuarios asegura Supersalud

En condiciones de calidad y oportunidad.

La Superintendencia Nacional de Salud declaró hoy que la EPS Saludvida “debe continuar respondiendo por la atención en salud de todos sus usuarios en condiciones de calidad y oportunidad”.

Tras la decisión del Ministerio de Salud que el pasado viernes informó la suspensión del traslado de los usuarios de Saludvida a otras EPS, previsto para el 1o. de diciembre, y el requerimiento de un juzgado de Valledupar que suspendió el proceso de intervención, la Supersalud emitió un comunicado de prensa de siete puntos en el que expone los pasos a seguir a petición del despacho judicial.

Este es el texto del comunicado de prensa:

La Superintendencia Nacional de Salud, en desarrollo de la solicitud realizada por la Procuraduría General de la Nación y del fallo de tutela proferido por el Juzgado 1 de Circuito Civil de Valledupar, con relación a Saludvida S.A. EPS en liquidación, informa a la opinión pública que:

1. Ha citado para el día de mañana (3 de diciembre de 2019), a las 8 de la mañana, a una mesa permanente de trabajo, como dice la Juez Primera Civil del Circuito en Oralidad de Valledupar, en el numeral 2 de su fallo de tutela y en el auto aclaratorio, “para que de forma coordinada entre la Superintendencia, el agente liquidador de Saludvida S.A. y el señor Juan Pablo Silva, ”Saludvida S.A. EPS asuma la prestación de los servicios de salud hasta que se determine la EPS receptora junto con la asunción continua e integral de los tratamientos de los accionantes, todo ello en armonía con la orden emitida en el numeral subsecuente”.

2. A esa mesa de trabajo también se convocó a: el Ministerio de Salud y Protección Social, la Procuraduría General de la Nación, a la Procuradora segunda Delegada para la Contratación Estatal y a la Defensoría del Pueblo, tal como lo indica el numeral 4 del fallo de tutela y el auto aclaratorio, donde dice que “estas entidades deberán vigilar a las accionadas en el cumplimiento de las órdenes anteriores y que consecuencia de ello, como segundo deber, se consigna que una vez cesadas las condiciones impuestas para cumplimiento de la orden de tutela acompañen la liquidación de Saludvida S.A. EPS, como garantes de la protección de los derechos constitucionales de los actores”.

3. Adicionalmente, el Agente Liquidador de Saludvida S.A. EPS en liquidación convocará a la Asamblea General de accionistas de la EPS, en cumplimiento de lo establecido en los estatutos de la sociedad. Para efectos de dicha Asamblea, también se invitará a la Procuraduría General de la Nación, a la Procuradora segunda Delegada para la Contratación Estatal, al Ministerio de Salud y Protección Social y a la Defensoría del Pueblo, para dar cumplimiento a las otras órdenes que da la Juez en su fallo de tutela, relacionadas con la suspensión de los actos de la resolución 8896 del 1 de octubre de 2019 y los seguimientos que se deben hacer a la liquidación.

4. Cabe resaltar que el pasado sábado 30 de noviembre el Ministerio de Salud y Protección Social informó la suspensión del traslado de los usuarios de Saludvida a otras EPS, previsto para el 1o de diciembre.

5. La Superintendencia de Salud estará informando de las actuaciones que se den, de acuerdo con las decisiones que adopte la Asamblea, la Mesa de Coordinación y los entes de control.

6. Finalmente, la Superintendencia Nacional de Salud, en virtud de la claridad que debe darse a los afiliados informa que la EPS debe continuar respondiendo por la atención en salud de todos sus usuarios en condiciones de calidad y oportunidad.

 

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